Gustavo Gelpí

(Brandon Cruz González / EL VOCERO)

El juez federal, Gustavo Gelpí denegó la petición del Departamento de Justicia estadounidense de desestimar un caso contra un exresidente de Nueva York que se radicó en Loíza y contra quien el Seguro Social pretendía que devolviera sobre $28 mil de los pagos que recibía por incapacidad, al no haber informado que se había mudado a la Isla en donde se reciben menos beneficios de ese programa.

El 25 de agosto del pasado año el Departamento de Justicia federal, radicó un caso contra José Luis Vaello Madero para que devolviera $28,081 más intereses por no notificar a la agencia que se había mudado a Puerto Rico, jurisdicción que recibe menos beneficios del Seguro Social en comparación con los estados.

De acuerdo a una orden de Gelpí, Vaello Madero, residió en Nueva York entre 1985 al 2013. Recibía beneficios por incapacidad, los cuales eran depositados en un banco en esa ciudad.

En julio de 2013 se mudó a Puerto Rico y continuó recibiendo los pagos por incapacidad a través de su cuenta en Nueva York hasta agosto del 2016.

Durante todo ese tiempo, desconocía que su reubicación en Puerto Rico provocaría la disminución del pago por incapacidad. En junio de 2016 el perjudicado advino en conocimiento de que ya no era elegible para recibir los pagos.

A través de dos notificaciones la Administración del Seguro Social (ASS), detuvo los pagos y retroactivamente, los redujo desde agosto de 2013 a agosto de 2016.

En esas notificaciones, la ASS no le informó que era responsable por cualquier pago en exceso. Se le indicó que podría ser contactado en un futuro en relación a cualquier pago que se hubiese hecho anteriormente.

Un año y medio después el gobierno inició una acción legal contra Vaello Madero para colectar $28,081 pagos en exceso, tras haberse mudado a la Isla.

Una semana y media de que se iniciara la acción contra el perjudicado, este y el gobierno federal firmaron una estipulación consintiendo una sentencia. Empero, el juez le asignó un abogado y este pidió que se retirara la estipulación.

Vaello Madero radicó una respuesta en la que retaba el estatuto criminal, como base para una acción civil y en la que atacaba la constitucionalidad de que la ASS le denegara los beneficios a los residentes en Puerto Rico.

Posteriormente, el gobierno federal solicitó la desestimación sin perjuicio, reconociendo su falta de jurisdicción y alegando que los requisitos administrativos de la ASS no fueron cumplidos.

El gobierno federal alega que el perjudicado no ha agotado los remedios administrativos.

Vaello Madero afirma que la desestimación del caso sin perjuicio sería injusta. “La corte coincide con Vaello Madero”, afirma el juez en su orden.

“La corte no le permitirá al gobierno de Estados Unidos evitar una revisión judicial de un asunto antipático utilizando pretextos jurisdiccionales”, apuntó Gelpí.

Vaello Madero afirma que la desestimación del caso sin perjuicio sería injusta. “La corte coincide con Vaello Madero”, afirma el juez.

“La desestimación de la demanda sin perjuicio ocasionaría un daño injusto a Vaello Madero. Le impondría un carga de más procedimientos legales bajo el esquema administrativo del Seguro Social, potencialmente regresando su caso a donde está al día de hoy”, agregó.

Asimismo, indica que tampoco se debe desestimar el caso considerando la posibilidad de que el gobierno meramente busque evitar un fallo adverso en relación al asunto constitucional.

“La capacidad legal del gobierno de Estados Unidos para discriminar contra los residentes de Puerto Rico en relación a los programas federales de salud, incluyendo el seguro social cumple su 40 aniversario”, afirmó el juez.

Menciona que la base de discrimen identificada en el caso Califano y Harris es que los residentes en Puerto Rico no contribuyen al tesoro federal, que el costo de tratar a la Isla como un estado es mucho mayor y que grandes beneficios podrían dar al traste con la economía de Puerto Rico.

Gelpí manifestó que eventos recientes relacionados a Puerto Rico, como lo es el “incremento de conciencia” sobre la difícil situación tras el paso del huracán María, así como el consenso nacional y local contra el trato dispar, podría conllevar a la corte a revisitar el caso Califano y Harris.

“El huracán María provee otra razón por la cual las cortes federales deben revisitar Califano y Harris. El huracán María puso al descubierto la falta de conciencia sobre la iniquidad que sufren los ciudadanos por residir en Puerto Rico”, expuso el juez.

“Para empezar la proposición establecida en Califano y Harris de que los residentes en Puerto Rico no contribuyen al Tesoro federal es errónea”, sentenció Gelpí.

Asimismo, expone que es erróneo el hecho de que los residentes en Puerto Rico están exentos de pagar impuestos federales.

Observó que los residentes en Puerto Rico pagan impuestos federales para financiar el Seguro Social y el Medicare al igual que los demás estados.

Mencionó que el experto Arnold Leibowitz, ha destacado los significativos defectos en las bases racionales de la Corte Suprema. Menciona como ejemplo que, a pesar de que la Isla no contribuye directamente al tesoro federal exactamente como un estado, el Congreso ha discriminado contra los ciudadanos americanos en los territorios independientemente de los pagos de impuestos.